Perito Médico para la Seguridad Social

Si el INSS le ha denegado la incapacidad permanente o le ha reconocido un grado inferior al que le corresponde, un informe pericial médico independiente puede ser la clave para revertir la resolución ante el Juzgado de lo Social de Barcelona.

¿Qué hacemos?

Elaboramos informes periciales médicos especializados en incapacidad permanente para su presentación ante el Juzgado de lo Social. Valoramos en profundidad la situación clínica del paciente, las limitaciones funcionales de sus patologías y su repercusión real en la capacidad para trabajar. Nuestro informe rebate con argumentación médica sólida los criterios del Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) del INSS cuando no se ajustan a la realidad clínica del paciente, basándonos en la evidencia científica y los protocolos de valoración funcional.

¿Cómo trabajamos?

01

Análisis del expediente completo

Revisamos toda la documentación: informes de los médicos especialistas, el dictamen del Equipo de Valoración de Incapacidades del INSS y la resolución administrativa para identificar los argumentos a rebatir.

02

Exploración médica presencial

Evaluamos personalmente el estado de salud, las limitaciones funcionales reales y la coherencia entre la sintomatología, la documentación clínica y la valoración del INSS.

03

Valoración de la capacidad laboral

Determinamos qué actividades laborales puede realizar el paciente y cuáles quedan fuera de sus posibilidades reales, atendiendo a cada una de sus patologías y a la suma de su efecto incapacitante.

04

Informe pericial para el Juzgado de lo Social

Elaboramos un informe técnico riguroso que argumenta la existencia del grado de incapacidad permanente que corresponde, listo para ser presentado ante el Juzgado de lo Social de Barcelona.

Preguntas frecuentes

¿Qué tipos de incapacidad permanente existen en España?
La Seguridad Social reconoce cuatro grados: Incapacidad Permanente Parcial (reduce el rendimiento laboral en al menos un 33%), Incapacidad Permanente Total (impide la realización de la profesión habitual), Incapacidad Permanente Absoluta (impide toda profesión u oficio) y Gran Invalidez (el trabajador necesita asistencia de otra persona para los actos esenciales de la vida).
¿Qué puedo hacer si el INSS me ha denegado la incapacidad permanente?
Puede presentar reclamación previa ante el INSS y, si es denegada, interponer demanda ante el Juzgado de lo Social. En ese procedimiento judicial, un informe pericial médico de parte es fundamental para contrarrestar el dictamen del EVI del INSS con argumentación clínica independiente y rigurosa.
¿Cuándo es necesario un perito médico en mi caso de incapacidad permanente?
Cuando el INSS le deniega la prestación, cuando le reconoce un grado inferior al que corresponde a su estado real, cuando su situación médica ha empeorado y quiere solicitar la revisión del grado, o cuando su abogado necesita soporte técnico médico sólido para el juicio oral.
¿El perito puede ratificar el informe en el juicio ante el Juzgado de lo Social?
Sí. Nuestros peritos comparecen en el acto del juicio oral ante el Juzgado de lo Social para ratificar el informe pericial, defender las conclusiones médicas y responder a las preguntas del magistrado y del letrado de la Seguridad Social.
¿El informe sirve también para reclamar a una Mutua colaboradora?
Sí. El informe pericial es igualmente eficaz cuando la controversia es con la Mutua colaboradora de la Seguridad Social, tanto en los procesos de determinación de la contingencia (profesional vs. común) como en los relacionados con la incapacidad temporal y las secuelas de un accidente de trabajo.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar la resolución del INSS?
Desde la notificación de la resolución tiene 30 días para presentar la reclamación previa ante el INSS. Si la reclamación es denegada, dispone de 30 días para interponer la demanda ante el Juzgado de lo Social. Le recomendamos actuar cuanto antes y contactarnos desde el primer momento.

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