Revisión Gratuita en 24h

¿Le han dado el alta médica y no está de acuerdo?

Los plazos para impugnar un alta son muy cortos. Envíenos su caso y le decimos, en menos de 24 horas, si el alta es médicamente correcta y qué puede hacer.

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Los plazos para impugnar son muy cortos

Cuanto antes nos contacte, más opciones tiene. Estos son los plazos legales según quién haya emitido el alta.

4 días hábiles
Alta del Servicio Público de Salud
Plazo para presentar la disconformidad ante la Inspección Médica.
11 días hábiles
Alta del INSS
Plazo para la reclamación previa ante el Instituto Nacional de la Seguridad Social.
11 días hábiles
Alta de la Mutua
Mismo plazo que el alta del INSS al tratarse de contingencia profesional.

¿Qué revisa el perito médico?

  • Si el alta se ajusta a su estado clínico real o fue prematura
  • Si persisten limitaciones funcionales que impiden su reincorporación
  • Si la evolución de su patología justifica continuar de baja
  • Qué vía de impugnación le corresponde según quién emitió el alta
  • Si el plazo para impugnar sigue abierto en su caso

Preguntas frecuentes

¿Merece la pena impugnar un alta médica?
En la mayoría de casos en los que persisten síntomas o limitaciones objetivables, sí. Si el alta era prematura y usted se reincorpora sin estar realmente recuperado, puede sufrir una recaída que perjudique tanto su salud como su situación laboral. La revisión gratuita le dice si su caso tiene base médica para impugnar.
¿Cuánto tiempo tengo para impugnar el alta?
Depende de quién la emita: 4 días hábiles si es del Servicio Público de Salud (disconformidad ante la Inspección Médica) y 11 días hábiles si es del INSS o de la Mutua (reclamación previa). Son plazos muy cortos, por lo que conviene actuar el mismo día que recibe la notificación.
¿La revisión gratuita es realmente en 24 horas?
Sí. Dada la brevedad de los plazos legales, priorizamos estos casos y le damos una primera valoración en menos de 24 horas laborables desde que nos envía la documentación del alta y su historial médico reciente.
¿Qué pasa si dejo pasar el plazo sin impugnar?
El alta deviene firme y debe reincorporarse a su puesto de trabajo. Si posteriormente su estado empeora, podría solicitar una nueva baja a su médico de cabecera, pero habrá perdido la vía de impugnación directa del alta original.
¿Necesito ya un informe pericial o basta con la revisión gratuita?
La revisión gratuita solo valora si su caso tiene fundamento médico para impugnar; no sustituye al informe pericial, que es el documento que se presenta ante la Inspección Médica, el INSS o el Juzgado de lo Social. Si la revisión es favorable, le presupuestamos el informe antes de empezar.

¿Le han dado el alta y cree que es demasiado pronto?

No deje pasar el plazo. Cuéntenos su caso y le respondemos en menos de 24 horas.

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